Artículos de la Ley 1376/88
Referencia rápida de los artículos de la Ley N.º 1376/88 — Arancel de Honorarios de Abogados y Procuradores implementados en AXIA.
Fuente
El texto completo de la ley se encuentra disponible en la documentación técnica del proyecto. Esta página es una referencia resumida de los artículos más relevantes para el uso de AXIA.
Disposiciones generales (Art. 1-31)
Art. 4 — Jornal mínimo como unidad de medida
Los honorarios expresados en jornales se calculan sobre la base del jornal mínimo legal establecido para actividades diversas no especificadas en la capital.
Este es el valor configurable en el panel de administración de AXIA.
Art. 10 — Criterios de regulación judicial
Los jueces pueden regular honorarios considerando:
- Complejidad del caso
- Resultado obtenido
- Costumbre profesional local
- Tiempo y esfuerzo dedicados
- La trascendencia moral o económica del asunto
Art. 25 — Roles profesionales
| Rol | Participación |
|---|---|
| Abogado patrocinante | 100% del honorario |
| Procurador | 50% del honorario del abogado |
| Doble carácter (abogado y procurador) | 150% del honorario base |
Honorarios judiciales por escala (Art. 32-34)
Art. 32 — Escala general de porcentajes
Rango general para actuaciones judiciales, calculado sobre el monto del juicio:
| Monto del juicio | Porcentaje mínimo | Porcentaje máximo |
|---|---|---|
| Montos bajos | 20% | 20% |
| Montos medios | 10% - 15% | 15% - 20% |
| Montos altos | 5% | 10% |
La escala es inversamente proporcional: a mayor monto del juicio, menor porcentaje de honorarios.
Art. 33 — Instancias adicionales
| Instancia | Porcentaje sobre 1.ª instancia |
|---|---|
| 2.ª instancia (apelación) | 25% a 35% |
| 3.ª instancia (casación) | 25% a 35% |
Los honorarios de segunda y tercera instancia se calculan como un porcentaje del honorario regulado para la primera instancia.
Art. 34 — Juicios ejecutivos
| Supuesto | Honorario |
|---|---|
| Sin oposición de excepciones | Nunca menos del 8% del monto ejecutado |
| Con oposición de excepciones | Se aplica la escala general del Art. 32 |
| Ejecución de sentencia | Porcentaje reducido según complejidad |
Honorarios por materia específica (Art. 35-67)
Art. 35-36 — Medidas cautelares
Honorarios específicos para embargos preventivos, inhibiciones, anotaciones de litis, secuestros y otras medidas precautorias.
Art. 37-43 — Juicios especiales
- Art. 37: Interdictos
- Art. 38: Desalojo (base: monto de alquileres)
- Art. 39: Rendición de cuentas
- Art. 40: Mensura y deslinde
- Art. 41: Usucapión (base: valor del inmueble)
- Art. 42-43: Concursos y quiebras (base: activo realizado)
Art. 44-46 — Familia
Establece mínimos en jornales para:
- Divorcio contencioso (mín. 200 jornales)
- Divorcio por mutuo consentimiento (mín. 100 jornales)
- Tenencia, visitas, alimentos, adopción, nulidad
- Insania e interdicción
Art. 47-53 — Sucesiones
Honorarios calculados sobre el acervo hereditario:
- Declaratoria de herederos
- Inventario y avalúo
- Partición
- Administración de herencia
Art. 54-67 — Penal
| Tipo de causa | Base de cálculo |
|---|---|
| Con monto económico (Art. 54) | Porcentaje sobre el monto |
| Sin monto económico (Art. 55) | Jornales mínimos fijos |
| Querella y acusación particular | Porcentaje o jornales |
| Acciones constitucionales | Jornales mínimos |
Honorarios extrajudiciales (Art. 68-73)
Art. 68 — Consultas
Honorarios por consultas verbales, escritas y de urgencia, expresados en jornales mínimos.
Art. 69 — Dictámenes
Honorarios por dictámenes escritos, sobre títulos y sobre estados contables. Se calculan como porcentaje del valor de la operación o en jornales fijos.
Art. 70-71 — Redacción de documentos
Honorarios por redacción de contratos, estatutos, poderes, testamentos y otros documentos legales.
Art. 72 — Gestiones extrajudiciales
Honorarios por negociaciones, conciliaciones, mediaciones y gestiones administrativas.
Art. 73 — Peritajes
Honorarios por informes periciales y tasaciones, calculados como porcentaje del valor involucrado.
Artículos relevantes para la interpretación
| Artículo | Tema |
|---|---|
| Art. 1 | Ámbito de aplicación |
| Art. 2 | Carácter de orden público |
| Art. 3 | Inderogabilidad por acuerdo de partes |
| Art. 4 | Unidad de medida (jornal mínimo) |
| Art. 10 | Criterios de regulación judicial |
| Art. 25 | Participación por rol (patrocinante/procurador) |
| Art. 26 | Pluralidad de abogados |
| Art. 27 | Base de cálculo en sucesiones |
Aviso importante
Limitación
Esta referencia es un resumen de los artículos implementados en AXIA. Para el texto completo y oficial de la Ley 1376/88, consultá el Registro Oficial o el sitio web del Poder Judicial de Paraguay. Los cálculos de AXIA son estimaciones que no reemplazan la regulación judicial de honorarios.